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Caso CEGAIP a instancias internacionales

J. Antonio González V. / Mayo 18, 2009.

A un año de haberse publicado la convocatoria por parte del Congreso del Estado para la designación de los comisionados numerarios y supernumerarios de la CEGAIP, la controversia generada en ese procedimiento llegó a la Comisión Interamericana de Derechos Humanos y, de darse el caso, daría pie a un juicio contencioso en contra del Estado Mexicano en la Corte Interamericana de Derechos Humanos.

En entrevista, José Guadalupe Salazar, ex aspirante a la CEGAIP dio a conocer que el asunto quedo ya terminado en los tribunales federales e informó que la presidenta de la CEGAIP, María de la Luz Islas Moreno resolvió un recurso de queja en el que le da la razón a la UASLP para mantener bajo reserva los resultados de las evaluaciones que se hicieron a los aspirantes, entre ellos, las evaluaciones de la actual comisionada.

Esa resolución de la CEGAIP en cuyo caso, según el abogado Salazar, la Comisionada presidenta de la Comisión fue juez y parte, ya fue combatida por la vía de la demanda de amparo.

“El Segundo Tribunal Colegiado del Noveno Circuito en el juicio de revisión 83/2009 ratificó lo que había dicho el juzgado de distrito en el sentido de que es una facultad soberana del Congreso del Estado designar a los miembros de la Comisión Estatal de Garantía de Acceso a la Información Pública”.

Es decir que, con esto, “prácticamente en las instancias nacionales concluye el proceso del nombramiento de los comisionados con todas las impugnaciones”.

Sin embargo, el abogado Salazar dijo que aunque a nivel nacional “ya no hay ningún recurso para hacer valer, presente ya por la vía electrónica en la página de la Comisión Interamericana de Derechos Humanos una queja en contra del Estado Mexicano”.

Dijo que “estoy alegando que hay una violación al Pacto de San José que en su artículo 24 establece la garantía de acceso a la función pública, esa garantía solamente le da soberanía a los Estados-Nación para restringirla”.

No obstante, “no les da autonomía o independencia en el sentido de excluir a unos frente a otros cuando hay un examen por oposición, entonces mi queja está presentada por vías de Internet ante la Comisión Interamericana de Derechos Humanos”.

Destacó que en caso de que la Comisión resuelva que se violó el Pacto de San José “emitiría una recomendación al Estado Mexicano para que si su legislación está mal, la corrija”. También puede emitir una recomendación para que los tribunales al momento de hacer una interpretación respecto de un juicio, tomen en cuenta el derecho de acceso a la función pública.

De ser un fallo favorable, indicó, entonces estará en condiciones de recurrir a la Corte Interamericana de Derechos Humanos para iniciar un juicio contencioso en contra del Estado Mexicano.

Aún más allá, en el supuesto de que llegado el litigio a esos niveles el abogado lograse un fallo a su favor, las cosas ya no cambiarían pues los comisionados numerarios y supernumerarios ya están electos. Lo que si ocurriría, es que el Estado mexicano se vería obligado a enmendar a futuro para que no se vuelvan a presentar errores de procedimiento que resulten violatorios a las garantías individuales.

 

 

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