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Queja provoca cadena de excusas en CEGAIP

J. Victoriano Martínez Guzmán / Agosto 30, 2009.

A 14 meses de la primera elección de una comisionada a la CEGAIP mediante una convocatoria abierta, conocer lo que los aspirantes a defender el derecho de acceso a la información pública piensan del tema y las propuestas de trabajo que presentaron no ha sido posible, ni con la intervención del organismo garante de ese derechos.

El Congreso del Estado negó el acceso a esa información por calificarla como confidencial y protegida por el derecho de autor, y la CEGAIP, al menos en el caso del procedimiento de selección de comisionada de 2008, confirmó la respuesta del Poder Legislativo, en una resolución que incluía la firma de una de las autoras de esos documentos: María de la Luz Islas Moreno, desde entonces presidenta de la CEGAIP.

Este año, la solicitud de copia de los documentos que plasman la visión de los aspirantes a comisionados sobre el derecho de acceso a la información y la labor que debe desempeñar la CEGAIP nuevamente fueron negados por el Congreso del Estado, lo que dio origen a la queja QUEJA 205/2009-3-INFOMEX.

Si el año pasado la resolución de la queja 234/2008-3 fue firmada por quien en el proceso de selección al que se refería la solicitud resultó electa, este año la queja 205/2009-3-INFOMEX no llevará la firma de ninguno de los candidatos en la elección de comisionado: al menos dos ex candidatos han presentado una excusa.

Gerardina Ortiz Macías, comisionada que resultó electa por el Congreso en reciente el proceso de selección, se excuso de conocer el caso por estar involucrado un documento de su autoría. La excusa le fue aceptada en sesión del pleno de la CEGAIP por sus compañeros comisionados y se convocó al primer comisionado supernumerario, César Porras Flores, quien envió a la Comisión el siguiente comunicado:

"...me permito manifestar a ese H. Pleno que presento formal EXCUSA para conocer y resolver el recurso de queja antes señalado, lo anterior atento a que de acuerdo de fecha 12 de agosto de 2009 dictado por el pleno de la CEGAIP se desprende que el recurso de queja versa sobre la expedición por parte del Congreso de Estado de copia simple de los documentos proporcionados por los aspirantes a comisionado Numerario de la CEGAIP, por lo que tomando en cuenta que el suscrito participó en el mencionado proceso de selección consecuentemente tengo interés directo respecto de la materia de la que/a y por ello estoy impedido legal y moralmente para conocer y resolver la misma, esto atento al artículo 169 fracción I de Código de Procedimientos Civiles vigente para el Estado de aplicación supletoria a la Ley de Transparencia y Acceso a la Información Pública para el Estado. .."

La situación obligó al pleno a convocar al segundo comisionado supernumerario, Jesús Salazar González a quien convocaron en los siguientes términos:

"En consecuencia, el Pleno de esta Comisión requiere al Comisionado Supernumerario Licenciado Jesús Salazar González para que manifieste si suplirá a la Licenciada Gerardina Ortiz Maclas en función de la excusa calificada de procedente o bien en atención a las razones expuestas presente la excusa correspondiente, en un término que no deberá exceder de veinticuatro horas, contadas a partir de la notificación del presente acuerdo con fundamento en el artículo 43 párrafo cuarto del Reglamento Interior de esta Comisión: en la inteligencia de que si fuera omiso en realizar manifestación alguna dentro del plazo establecido, se entenderá que bajo su responsabilidad acepta suplir a la Comisionada Numeraria de este Órgano Colegiado para la resolución del asunto expuesto".

La situación de excusa de Salazar González deja abierto el llamado a la tercera comisionada supernumeraria, Rosa María Motilla, quien es secretaría ejecutiva de la CEGAIP.

Consultada sobre la forma en que se realizaría la sesión para atender al caso, María de la Luz Islas Moreno, presidenta de la CEGAIP, explicó que se habilitará a la directora Jurídica, Erika Berenice Rodríguez Leija, como secretaria ejecutiva, para que Motilla actúe como comisionada exclusivamente en ese caso.

Aunque aún no se resuelve el motivo de la queja actual, en 2008 la CEGAIP resolvió a favor del Congreso del Estado y ratificó la negativa de acceso a la información con el aval de la comisionada Islas Moreno a quien, a la luz de la asunto en proceso, estaría en el caso de una excusa similar a las que ahora se dieron.

Islas Moreno explicó que en el caso actual se da la cadena de excusas en atención al criterio de un juez de distrito, quien determinó que la situación ameritaba que la comisionada involucrada debía excusarse. Así lo explicó en breve entrevista:

"Desde mi punto de vista jurídico y procesal yo estimo y considero que no opera ninguna de las causales de excusa que estén fundadas en la Ley: no hay un interés de amistad o de enemistad que se puede generar para conocer ese tipo de asuntos que se planteen, sobre todo porque ahora ya tu investidura cambia, es diferente si estuviste en el proceso y actualmente ya estás ejerciendo una función y una excusa debe estar debidamente justificada.

"Sin embargo, con la resolución del amparo indirecto que promovió José Guadalupe Salazar relativo a la queja, el juez de distrito en su resolución considera que sí debe de proceder una excusa para no conocer al emitir la resolución, en consecuencia, teniendo como antecedente ese criterio del juez de distrito al ahorita sustanciar este nuevo recurso de queja en el que está involucrada la comisionada, en aras de no entorpecer y de que se resuelva oportunamente la queja, se optó por aplicar el mismo criterio que establece el juez de distrito y aceptar la excusa presentada por la comisionada para no conocer del asunto y así evitar, de no aceptarla, evitar sea hasta una resolución de un juez de distrito quien venga, modifique y entonces haya toda una reposición de procedimiento y se siga retardando el acceso a la información".

Comentó que la comisionada Ortíz Macías presentó su excusa y lo que hizo el pleno fue aceptarla por el antecedente que se tiene del criterio del juez de distrito.

"¿Porqué yo no voté en contra? Es una apreciación que ella tiene. Si tu te quieres excusar porque tu sientes que sí puede afectar, te excusas. Yo en mi lugar no sentí que podría haber afectado en algo porque no tenía ningún interés, no tenía enemistad, no tenía amistad íntima, no se daban, desde mi punto de vista no se estaban dando ninguno de los supuestos que la ley establecía. Ahora sí, si el juez de distrito considera, pues ni modo tengo que aceptar la resolución que el juez emita, pero desde mi punto de vista no operaba. Ahora es su sentir de ella, si ella presenta su excusa, adelante, ella es la que estará sintiendo que hay algún interés".

 

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