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Investigan a CEEPAC por violar derecho a la información

La CEGAIP lo investiga por incumplimiento de la Ley de Transparencia

J. Victoriano Martínez Guzmán / Mayo 15, 2009.

La Comisión Estatal de Garantía de Acceso a la Información Pública (CEGAIP) inició una investigación en contra de Rodolfo Aguilar Gallegos, presidente del Consejo Estatal  Electoral y de Participación Ciudadana (CEEPAC), por violaciones a la Ley de Transparencia Administrativa y Acceso a la Información Pública.

Se trata de la primera investigación de esta naturaleza, iniciada por la CEGAIP con el expediente IILTAIP-001/2009 a partir de una denuncia presentada por Eduardo Martínez Benavente en contra de Aguilar Gallegos, quien por medio de un acuerdo administrativo le negó su derecho de asistencia a una sesión pública del pleno del CEEPAC.

"Se admite el presente asunto, el que se tramitará como una investigación por incumplimiento a la Ley de Transparencia y Acceso a la Información Pública", señala el acuerdo de la CEGAIP.

La denuncia presentada por Martínez Benavente se refiere al acuerdo administrativo que emitió Aguilar Gallegos el 21 de febrero para prohibir el acceso a Rafael Aguilar Fuentes, Juan Manuel Jurado Limón, Leonel Serrato, Manuel Nava Calvillo, María del Carmen Hernández y el propio Martínez Benavente a la siguiente sesión de ese organismo electoral.

Martínez Benavente, además de la denuncia ante la CEGAIP, pidió a Aguilar Gallegos justificar ante el pleno del CEEPAC porqué se tomó atribuciones para limitar garantías constitucionales a un grupo de ciudadanos a quienes ordenó no permitir el acceso a su edificio sede, sin la debida fundamentación y motivación para hacerlo.

A 15 días de haber hecho la petición de una justificación al CEEPAC, Martínez Benavente no ha sido notificado sobre la atención que se dio a su solicitud.

El 11 de mayo, Martínez Benavente presentó ante la CEGAIP escrito denunciando la violación a su derecho de acceso a la información pública por la vía de la asistencia a sesiones públicas y el 14 de mayo se le notificó la aceptación de su caso.

"Requiérase al ente obligado que al efecto resulta ser el Consejo Estatal Electoral y de Participación Ciudadana por conducto de su titular, a efecto de que en un término de tres días hábiles... rinda ante esta Comisión un informe de los hechos acontecidos relacionados con las manifestaciones del particular y remita todas las constancias que tomó en consideración para actuar de la forma en que lo hizo, y para que ofrezca las pruebas y argumentos que estime convenientes", emplazó la CEGAIP al CEEPAC.

Se trata de la primera ocasión en que se da trámite a un caso de violación al derecho de acceso a la información pública por la vía de acceso a la sesiones de un órgano colegiado, que abre la posibilidad de evitar decisiones arbitrarias que atenten contra el derecho a la información.

 

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Lista obtenida a través de solicitudes de información

 

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