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Gobernador viola Ley de Transparencia ante primer solicitud por INFOMEX

No entrega la información solicitada a pesar de orden de CEGAIP para que lo haga

J. Victoriano Martínez Guzmán / Junio 15, 2009.

La primera solicitud de información que se presentó a través de INFOMEX-SLP, con el folio 00000109, el 20 de marzo a las 15:10 horas, tres horas con veinte minutos después de que el gobernador echó a andar el sistema sin que aún funcionara… sigue esperando la respuesta, a pesar de que la CEGAIP ordenó su atención.

En esa petición se requirió a la Secretaría Particular del Gobernador “copia en formato electrónico de los resultados de todas las encuestas contratadas por el gobierno del estado, de septiembre de 2003 a la fecha”.

Desde el despacho del gobernador que presume que su administración es una caja de cristal, la petición fue declararla improcedente con una simple frase: “se le indica que la información deberá solicitarla a Comunicación Social de Gobierno del Estado”.

Con el folio 00003309, INFOMEX-SLP registró una segunda solicitud con la misma petición hecha nuevamente al gobernador Marcelo de los Santos. Por segunda vez el mandatario evadió responder: “se le orienta para que la solicitud de información sea presentada en la Coordinación de Comunicación Social del Gobierno del Estado”.

Los solicitantes presentaron sendas quejas ante la Comisión Estatal de Garantía de Acceso a la Información Pública, la primera registrada en el sistema con el folio RR00001009, y se tramita con el número de expediente 175/2009-2, y la segunda con el folio RR00000909 y número de expediente en la CEGAIP 174/2009-1.

La CEGAIP resolvió ambas quejas el pasado 13 de mayo, hace ya 22 días hábiles, en los siguientes términos:

“Esta Comisión revoca el acto impugnado… y, por ende, se conmina a la Secretaría Particular del Gobernador para que entregue, en versión pública si es necesario… en formato electrónico los resultados de todas las encuestas contratadas por el Gobierno del Estado…”.

A pesar de que se señala un plazo de diez días hábiles que se dé cumplimiento a la resolución, ninguno de los dos solicitantes ha recibido la información solicitada que, de acuerdo a la propia resolución “la información que solicitó el quejoso es de la que se debe de tener publicada de oficio de conformidad con la fracción XXVII del Artículo 19 de la Ley de Transparencia”.

El gobernador que administra la “Caja de Cristal” –según su propio dicho– aún mantiene en la opacidad información que debe difundir de acuerdo a la fracción XVII del artículo 19 de la Ley de Transparencia y con ello acumula violaciones a esa ley: además de esa disposición, incurre en la falta que sanciona el artículo 109:

“Articulo 109.- Al sujeto obligado que… IV. No cumpla de manera expedita las resoluciones de la CEGAIP, para liberar información en los términos y condiciones que establece esta Ley, será sancionado con multa de quinientos a mil días de salario mínimo vigente en el Estado”.

Así, la primera solicitud de información tramitada a través de INFOMEX en San Luis Potosí se ha convertido en una muestra más de las dificultades que las autoridades ponen al derecho de acceso a la información pública en el estado, sin que se les aplique sanción alguna.

 

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Lista obtenida a través de solicitudes de información

 

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